REQUISITOS PARA LICENIA INMOBILIARIA DE
NOMBRE DE LEY: LEY DE OPERACIONES INMOBILIARIAS DEL ESTADO DE TABASCO
El ARTICLO 3 crea el Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios, que será operado por la Secretaría, con el objeto de generar y mantener la acreditación e inscripción ante la Secretaría de los Agentes Inmobiliarios en el Estado.
El Registro será público, por lo que cualquier persona podrá solicitar y obtener constancias y demás información contenida en el mismo, previo pago de los derechos correspondientes.
La Secretaría tomará las medidas pertinentes para garantizar que el Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios esté disponible para su consulta por Internet.
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Cumple con la ley
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100 % en línea
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Incluye Manual
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Instructor certificado